Condenan al Sacyl por no pagar dos tratamientos de hormonas del crecimiento
La Sala de lo Social condena al Sacyl a pagar dos indemnizaciones de 11.174 y 25.467 euros por no financiar dos tratamientos de hormonas del crecimiento
En ambos casos, el tratamiento estaba prescrito por profesionales médicos
El Juzgado de lo Social de Burgos acaba de condenar al Sacyl a pagar sendas indemnizaciones a dos familias por negarse a financiar un tratamiento de hormonas de crecimiento a dos menores de edad. Según explicó ayer la Asociación Defensor del Paciente en un comunicado de prensa, se trata de dos sentencias diferentes, dictaminadas por las Salas 2 y 3 del tribunal, respectivamente, y que obligan al Sacyl a desembolsar 36.641 euros.
Los tratamientos fueron prescritos por profesionales médicos
En la primera, se condena a Sacyl a pagar 11.174 euros a O.D.L. y M.M.G. en concepto de restitución de los gastos originados por un tratamiento de hormona del crecimiento a su hija menor de edad. La segunda, con idéntico fallo por el mismo motivo, contempla el abono de 25.467 euros a A.G.M.
Según explicó la Asociación, en ambos casos se trataba de un tratamiento prescrito con anterioridad. En ambas situaciones, las niñas presentaban un problema de crecimiento desde la cuna. Así de hecho lo reflejaban los sucesivos percentiles de talla y peso que fueron registrándose en sus primeros años.
Tras realizar sendas pruebas, profesionales médicos del Hospital Universitario de Burgos prescribieron a ambas menores un tratamiento específico de hormona de crecimiento, el cual está incluido en el sistema de financiación del sistema público. Sin embargo, en ambos casos, el Sacyl denegó pagar los tratamientos y fueron los padres los que tuvieron que hacerlo con sus propios recursos.
Jurisprudencia
En este sentido, desde la Asociación se insiste en que se trata de una práctica hasta cierto punto habitual dentro del Sacyl, a pesar de la existencia de jurisprudencia favorable al paciente. De hecho, el Tribunal Supremo ya se pronunció en esta misma línea tiempo atrás, entendiendo que si el tratamiento está prescrito por los profesionales y se encuentra dentro del sistema público, no se puede denegar su financiación.