Confirman el archivo de la querella por prevaricación en las casas de Villaverde
El Juzgado de Instrucción considera que no hay indicios ni de un delito de prevaricación ni de otro de tráfico de influencias
La concesión de la licencia fue una decisión “equivocada”, rectificada judicialmente, pero no fue ni “arbitraria” ni una “injusticia patente”
La denuncia por tráfico de influencias se basa en “sospechas y conjeturas” y en la relación familiar entre el alcalde y los promotores
El Juzgado de Instrucción nº1 de Burgos ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Merindad de Río Ubierna contra el auto que declaraba el sobreseimiento libre y archivo de la querella presentada por sendos delitos de prevaricación y tráfico de influencias contra la anterior corporación municipal, varios técnicos y los promotores de las viviendas derribadas en Villaverde Peñahorada. En el auto, fechado el 16 de noviembre, se “confirma” la resolución de febrero de este año, imponiendo el pago de costas al Ayuntamiento de Merindad.
En el auto se pone de manifiesto que los hechos y la documentación analizados “no permiten deducir la existencia de indicios sobre la presunta comisión de un delito de prevaricación”. La concesión de la licencia para la construcción de las viviendas, por parte del anterior Equipo de Gobierno, no se puede considerar como un acto de “manifiesta y flagrante arbitrariedad”. La decisión se tomó en base a una serie de cuestiones “estrictamente jurídicas”, además “interpretables”, por lo que no se detecta un “proceder directamente doloso, una arbitrariedad o una injusticia patente”.
El Ayuntamiento podrá acudir a la justicia para exigir responsabilidades económicas por la acción municipal”
Y es que la licencia se concedió en junio de 2005 de acuerdo con las normas urbanísticas de 1994, cuando ya habían entrado en vigor las nuevas normas de planeamiento. Una decisión “equivocada”, que fue rectificada en sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 2008, declarando nula la concesión y obligando al derribo de las viviendas. En opinión del juez, se trata de una cuestión de “interpretación” jurídica y no de un acto delictivo, dado que la secretaria del Ayuntamiento y el arquitecto consideraron que debían ser las normas de 1994 las que se aplicasen a la concesión de esa licencia.
Sin indicios
Del mismo modo, en el auto se determina que no han “indicios de presunta comisión de un delito de tráfico de influencias”, dado que no se ha probado que la empresa ejecutora de las viviendas “intentase influir” en la decisión del Ayuntamiento. La Junta de Gobierno Local concedió la licencia en base a unos informes técnicos, señala el auto, asegurando que la denuncia presentada por el actual Ayuntamiento se basa en “sospechas y conjeturas” y en la relación familiar que existía entre uno de los promotores y el anterior alcalde, Francisco Gutiérrez.
Por todo ello, el juez determina la desestimación del recurso presentado, “sin perjuicio de que se puedan depurar responsabilidades” en otro orden jurisdiccional. Y es que el Ayuntamiento de Merindad de Río Ubierna incluía en su demanda las responsabilidades económicas derivadas del derribo de las viviendas por la declaración nula de la concesión de la licencia, ya que los promotores presentarán una reclamación por daños y perjuicios, que asciende a 1,3 millones de euros, a abonar por las arcas municipales. Las viviendas se derribaron el pasado año.