El PSOE estudia llevar a los tribunales el proyecto del párking frente al HUBU

La formación podría acudir al Contencioso-Administrativo después de que Fomento haya inadmitido su recurso

El Grupo Municipal solicitó la revocación del acuerdo de Junta de Gobierno sobre la concesión de la parcela a Domusolco

La gerente de Fomento firma un informe que ampara la construcción del aparcamiento y la zona comercial

El Grupo Municipal Socialista está echando cuentas a ver si puede afrontar una denuncia ante el Contencioso-Administrativo contra el proceso de adjudicación a Domusolco S.L de la parcela de titularidad municipal ubicada en la calle Pozados, frente al Hospital Universitario de Burgos. La formación presentó un recurso contra la decisión de la Junta de Gobierno Local de 21 de mayo, por la que se aprobaba la concesión de la parcela, por un plazo de 30 años, para el desarrollo de un proyecto de aparcamiento privado más dos superficies comerciales, a pesar de existir varios informes de técnicos en contra.

El escrito socialista ha sido “inadmitido” mediante un informe de la gerente de Fomento del Ayuntamiento, fechado el 5 de octubre de 2015, justo el mismo día en el que la gerente deja de ser funcionaria de libre designación, según ha denunciado Antonio Fernández Santos. “No tienen vergüenza”, ha insistido el socialista, quien califica de “argumentos absolutamente falaces” los razonamientos en los que se basa la gerente para rechazar el recurso del PSOE, consumando “el pelotazo” que supondrá la construcción del párking y la superficie comercial, a cambio de un canon anual de 25.000 euros y un 5 por ciento de los ingresos.

El acto administrativo no se puede revocar porque, al haber una única empresa, no hay daños a terceros

De entrada, el informe recuerda que para revocar un acto administrativo como fue la aprobación de la adjudicación en la Junta de Gobierno Local debe acreditarse que el mismo fue desfavorable con respecto a interesados o afectados. Sin embargo, en este caso concreto, como sólo se presentó una empresa al concurso, no existe daños a terceros, por lo que esta “circunstancia por sí sola determinaría la inadmisión a trámite” de la petición del PSOE de revocar la decisión. Aún así, la gerente analiza las reclamaciones realizadas por los socialistas, rechazándolas con argumentos técnicos y jurídicos, basados en normativa e informes.

Informes de informes

La funcionaria reconoce que los primeros informes emitidos por el jefe de Planeamiento y el jefe del Departamento Jurídico llevarían a la “inadmisión, que no desestimación” de la oferta presentada por Domusolco, ya que ponen de manifiesto que el proyecto de aparcamiento es considerado urbanísticamente como una dotación y la parcela está calificada en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) como equipamiento de contingencia. Es decir, de acuerdo con el PGOU, dichos suelos se podrían sólo utilizar para escuelas, centros de salud, instalaciones deportivas… Al menos, en principio.

Y es que como sólo existe una oferta, su rechazo “automático” conculcaría los principios de concurrencia, buena administración y proporcionalidad, así que los servicios técnicos focalizan el caso en una cuestión de debate jurídico-técnico, insiste en informe. A saber, si existe la posibilidad de cambiar el uso de la parcela o de considerar un aparcamiento como un equipamiento. De este modo, la gerente asegura que los documentos iniciales de ambos responsables municipales deben de vincularse a otros informes emitidos a posteriori por los mismos jefes.

Los técnicos acaban aceptando el cambio de uso en base a la necesidad social de un aparcamiento

En ellos se reconoce la posibilidad de aceptar que un aparcamiento es un equipamiento “siempre y cuando se acredite la necesidad de dotar a la comunidad de este tipo de instalación por su condición de servicio básico”. A continuación, se acude a la Junta de Castilla y León para que acabe de clarificar la confusión de conceptos, y es un informe de la Dirección General de la Vivienda el que admite que la definición de uso dotacional es “compatible” con la de equipamiento, de acuerdo con el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, en razón a ese servicio básico.

Documentación aclaratoria

A la vista de este informe, la gerente apuesta por una interpretación más amplia del PGOU y del propio pliego de condiciones por el que se sacó a concurso la concesión de la parcela, admitiendo la posibilidad de entender un aparcamiento como un equipamiento y de poder utilizar un terreno de uso de equipamiento como dotación. Asimismo, la documentación extra solicitada a la empresa sobre el proyecto que piensa construir no supone ninguna modificación sobre la oferta presentada y, además, incide en ese servicio público que cubriría el aparcamiento.

Por todo ello, la gerente concluye que se debe inadmitir el escrito del PSOE, una decisión que no comparten en el grupo municipal. Antonio Fernández Santos ha insistido en que, no sólo se trata de un cambio de uso de la parcela, sino que el proyecto contempla también la construcción de dos superficies comerciales, lo que está prohibido por ley en un terreno calificado como equipamiento, sin posibilidad de excepción.“Haciendo trampas” se va a permitir un negocio, amparándose la adjudicación en la creación de un aparcamiento, ha recordado el socialista, quien no descarta acudir a los tribunales.